Inteligencia artificial y derecho de autor: La SCJN acaba de definir el futuro del derecho de autor vs IA, lo que debes saber YA

Inteligencia artificial y derecho de autor



TL;DR Inteligencia artificial y derecho de autor: ¿Qué implica la sentencia de la SCJN sobre derechos de autor en obras generadas por inteligencia artificial y cómo puedo proteger mi trabajo digital?

El panorama legal para el arte creado con inteligencia artificial en México acaba de dar un vuelco. La Suprema Corte sentó un precedente contundente: sin una mano humana guiando el proceso creativo, estas obras no merecen protección de derechos de autor.

La clave está en el veredicto: solo una persona física, de carne y hueso, puede reclamar la autoría. Las empresas detrás de los algoritmos se quedan fuera. Esto, sin duda, es un jarro de agua fría para muchos creadores y startups que ya estaban trabajando con estas herramientas. De repente, sus activos digitales podrían quedar en un limbo legal, sin el amparo del copyright.

¿La solución inmediata? Documentar todo. Y con todo, nos referimos a cada paso del proceso donde un humano tomó una decisión: los prompts iniciales, los ajustes, las iteraciones, los criterios de selección. Esa hoja de ruta será su mejor defensa. Además, es urgente revisar los contratos y empezar a explorar otras vías legales para blindar su trabajo. El futuro es ahora, y las reglas acaban de cambiar.

Esta información es orientativa y no constituye asesoría legal oficial.

¿Te imaginas invertir horas en crear un avatar, una ilustración o una imagen generada con IA… y que nadie pueda reconocer tu autoría legalmente? Pues bien: la Suprema Corte de México acaba de dictar una sentencia que podría cambiar por completo el panorama de la creatividad digital. En el Amparo Directo 6/2025, la SCJN estableció que:

  • Las obras creadas con IA no pueden recibir protección de derecho de autor si no hay intervención creativa humana reconocible.
  • Sólo personas físicas pueden ostentar derechos de autor no empresas desarrolladoras de IA.
  • Las obras con IA podrían considerarse automáticamente parte del dominio público.

Si eres artista, diseñador, programador, agencia de marketing, startup tecnológica o empresa que trabaja con contenidos digitales: esta sentencia te interesa  y mucho. En este artículo te explicamos los detalles, implicaciones y cómo Fortius puede acompañarte para blindar tus activos digitales.

1. Contexto: ¿qué dijo la SCJN en Amparo Directo 6/2025?

Avatar IA

La polémica comenzó cuando alguien generó un avatar digital mediante una herramienta de IA y solicitó que INDAUTOR reconociera derechos de autor sobre ese avatar tanto para la empresa de la IA como para él. INDAUTOR rechazó. El caso escaló hasta la SCJN bajo el argumento de relevancia constitucional. 

La decisión clave de la Corte:

  1. Confirmó que la obra no cumple con el requisito de creación humana, por lo que no puede acceder a protección. 
  2. Reiteró que el derecho de autor es un derecho humano: protege la creación original de personas físicas. 
  3. Sostuvo que las normas de propiedad intelectual son nacionales, por lo que lo que se reconozca en México puede no aplicarse en otros países. 

El mensaje es claro: según este criterio, las “obras” generadas puramente por algoritmos sin aportación humana sustancial podrían quedar fuera del resguardo del copyright.

2. ¿Por qué esta decisión importa (y podría volverse tendencia)?

Impactos inmediatos

  • Inseguridad jurídica para creadores que usan IA ¿qué parte del resultado es “humano” y cuál es “algorítmica”?
  • Limitación para empresas que comercializan generadores de contenido: no podrán reclamar derechos sobre los contenidos creados por sus herramientas.
  • Obra en dominio público automático: obras generadas por IA podrían ser consideradas sin copyright es decir, cualquiera podría usarlas sin pagar.
  • Desalineación internacional: si otros países admiten protección de IA + intervención humana, puede haber conflictos sobre protección transfronteriza.

Tendencia esperada

Con esta resolución, se podría abrir la puerta a otras decisiones similares en México. Además, los legisladores podrían sentir presión para modificar leyes de propiedad intelectual y adaptarlas al universo de la IA.

3. ¿Qué hacer si eres creador, empresa o emprendedor digital?

¿Qué hacer si eres creador, empresa o emprendedor digital?

Aquí algunas recomendaciones de “plan de contingencia”:

Revisa tus contratos y licencias

  • Exige que tus colaboradores identifiquen con claridad qué partes del contenido tienen aporte humano.
  • Asegúrate de incluir cláusulas que especifiquen derechos de uso, cesión y garantía de autoría.

Documenta tu intervención humana

  • Guarda versiones intermedias, bocetos, revisiones y comentarios que demuestren que el resultado final no fue “solo producto de un algoritmo”.
  • Usa metadatos, timestamps, firmas electrónicas, para respaldar tu autoría.

Diversifica la protección internacional

  • Si tus obras tienen potencia de distribución internacional, revisa cómo se regula la IA en otras jurisdicciones (EE.UU., Unión Europea, etc.).
  • Considera mecanismos contractuales de protección (licencias, acuerdos de uso) más que dependes exclusivamente del copyright local.

Valora modelos alternativos

  • Marcas, patentes, secreto industrial — en la medida en que aplique — podrían ser herramientas complementarias de protección.
  • Contratos con cláusulas robustas de uso y restricción: obliga por contrato más que por derecho autoral.

4. ¿Cómo puede Fortius ayudarte en este nuevo escenario digital?

En Fortius nos especializamos en asesoría legal-tecnológica para empresas creativas, startups y negocios digitales. Aquí algunas formas en que podemos sumarte valor:

  • Auditoría de tus activos digitales y revisión de contratos/licencias para que estén alineados con esta nueva jurisprudencia.
  • Estrategias para documentar la participación humana en procesos creativos e IA (blockchain, metadata, firmas digitales).
  • Diseño de cláusulas contractuales (licencias, cesión, términos de uso) que mitiguen riesgos por la resolución SCJN.
  • Capacitación interna para tu equipo creativo, de TI y legal sobre este nuevo marco digital.
  • Consultoría internacional para proteger tus obras en mercados donde la legislación de IA evoluciona.

¿Quieres que evalúe tus activos digitales y te proponga un plan de blindaje legal? Contáctanos hoy mismo — en Fortius diseñamos la defensa legal de tu creatividad.

Pregúntale a Fortius

¿Las obras creadas exclusivamente por IA tienen derechos de autor en México?

No, la SCJN determinó que sin aporte creativo humano, estas obras no son protegidas bajo el derecho de autor.

¿Quién puede ser titular de derechos de autor según esta sentencia?

Solo las personas físicas pueden ostentar derechos de autor, no las herramientas o empresas de IA.

¿Cómo puedo demostrar mi participación humana en obras digitales generadas con IA?

Guardando versiones intermedias, bocetos, metadatos, firmas digitales y asegurando contratos claros que especifiquen la autoría.



Conclusión: La resolución de la SCJN como llamado de alerta

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La decisión de la Suprema Corte en el Amparo Directo 6/2025 marca un antes y un después en México para la relación entre creatividad humana, inteligencia artificial y protección legal. No basta con generar obras llamativas: hoy más que nunca es fundamental asegurar tu participación humana, respaldarla documentalmente y adaptar tus estrategias legales.

Mientras las leyes se adaptan, la mejor estrategia es anticiparse legalmente.
Si tu empresa o tus proyectos dependen del contenido digital, no dejes tu protección al azar.Fortius puede ayudarte a crear un blindaje legal personalizado para cada aspecto de tu negocio digital.

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